CONSTITUCIONALISMO ALGORÍTMICO EN MÉXICO: INTELIGENCIA ARTIFICIAL, DERECHOS FUNDAMENTALES Y LÍMITES CONSTITUCIONALES AL PODER TECNOLÓGICO

La incorporación de sistemas de inteligencia artificial en las instituciones públicas está reconfigurando las formas de ejercicio del poder estatal y planteando nuevos desafíos para la protección de los derechos fundamentales frente a decisiones total o parcialmente automatizadas. Este estudio analiza la suficiencia del marco constitucional mexicano para controlar el empleo de sistemas de inteligencia artificial por parte de las autoridades públicas y propone, como contribución teórica, un modelo de constitucionalismo algorítmico democrático. La investigación adopta un enfoque cualitativo y documental, basado en el análisis sistemático de disposiciones constitucionales, legislación mexicana, jurisprudencia nacional, literatura académica especializada e instrumentos internacionales relativos a la gobernanza algorítmica y la protección de los derechos fundamentales. Los resultados muestran que el constitucionalismo mexicano dispone de fundamentos normativos relevantes para el control de la actividad algorítmica estatal, particularmente a partir de los principios de igualdad y no discriminación, protección de datos personales, acceso a la información, debido proceso y tutela judicial efectiva. No obstante, persisten importantes déficits regulatorios derivados de la fragmentación normativa y de la ausencia de un régimen específico sobre clasificación de riesgos, evaluación de impacto en derechos fundamentales, transparencia y explicabilidad algorítmica, auditorías independientes y mecanismos efectivos de impugnación de decisiones automatizadas. Frente a estas limitaciones, el artículo propone un modelo de constitucionalismo algorítmico democrático estructurado sobre ocho principios: habilitación legal, proporcionalidad, transparencia, explicabilidad, supervisión humana significativa, no discriminación, control judicial y responsabilidad pública. La principal aportación del estudio consiste en articular estos principios como un marco constitucional integrado para orientar, limitar y controlar el uso del poder algorítmico por parte del Estado. Se concluye que la constitucionalización de la inteligencia artificial constituye una condición indispensable para garantizar que la transformación digital de la administración pública permanezca subordinada a la supremacía constitucional y a la protección efectiva de los derechos fundamentales.
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